DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus AQUILES DEL VALLE ESPINOSA SOLORZANO, a los ciudadanos AURA SAMIRA ESPINOSA BORJAS, DAVID AQUILES ESPINOSA BORJAS, HECTOR MIGUEL ESPINOSA BORJAS, YULIS ZENAIDA ESPINOSA BORJAS, ELENA ELISED ESPINOSA BORJAS, EULISE SAUL ESPINOSA BORJAS Y DELIA YSABEL ESPINOSA BORJAS, antes identificados, en su condición de hijos del referido de cujus, en el mismo orden en que se mencionan.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la presente decisión.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada a los veinte (20) días del mes de Junio de dos mil Doce (2012), en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
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