D I S P O S I T I V A
Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, DECLARA: CON LUGAR el Desistimiento solicitado por la adolescente LISBANIA DEL
PILAR BONA MÚNERA, contenido en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
Diarícese, déjese copia, publíquese.-
La Jueza, tit.
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Nota: Seguidamente se publicó la anterior sentencia siendo las 10: 30 a.m., del día de hoy 20/ 11 / 2006.-Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
Secretaria
CDM/tymd
Exp. N°- 175-2003-