DISPOSITIVA
Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el procedimiento de OBLIGACIÓN MANUTENCIÓN a favor de la Niña: (Identidad Omitida) Conforme al artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, hija de los ciudadanos NUBIA DEL VALLE POLANCO y ROBERT SAMUEL SEVILLA, en consecuencia el obligado deberá cumplir de la siguiente manera:
PRIMERO: Depositar por adelantado los cinco (05) primeros días de cada mes a partir del mes de Noviembre del presente año 2.010, por concepto de obligación de manutención, la cantidad de MIL BOLIVARES (1.000,00 Bs.), en la cuenta de ahorro que se encuentra aperturada para tal fin a nombre de la madre de las beneficiarias.
SEGUNDO: Aportar la cantidad adicional de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (2.500,00 Bs.) por concepto de bonificación esp.....