Con fundamento a lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR EL DESISTIMIENTO solicitado por la parte actora, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Publíquese, regístrese y diarícese.
La Jueza, Tit.
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya