DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriores, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de modificación del aumento de obligación alimentaria decretado por el Tribunal en fecha 07/01/2008, incoado por el ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado. En consecuencia. El obligado deberá cumplir de la siguiente manera PRIMERO: Depositar mensualmente por adelantado los primeros cinco (05) días de cada mes a partir del mes de Mayo, la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (300,00 Bs.); por concepto modificación de aumento de obligación alimentaria a favor de sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA) Y (IDENTIDAD OMITIDA), en la cuenta de ahorro que a tal se encuentra aperturada en el Banco de Fomento Regional los Andes Sucursal Elorza, a nombre de la madre de los beneficiarios, ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA), SEG.....