JUZGADO DEL MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE
Y
MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS
Elorza, 05 de Agosto de 2009.
199º y 150º
Presentado personalmente por su firmante. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, este tribunal en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara "TITULO SUPLETORIO BASTANTE DE PROPIEDAD Y POSESION" a favor del ciudadano: JOSE DE LOS SANTOS BUSTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.261.542 y de este .....