Dispositiva
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de rectificación de partida de nacimiento de la ciudadana GARCIA ARCHILA YENYS ROSANA, inserta en los libros de Registro Civil de nacimientos de la Parroquia Elorza del Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, bajo el Nº 47, durante el año 1.984, siendo su nombre correcto YENYS ROSANA GARCIA ARCHILA.
En consecuencia y de conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la inserción de la presente sentencia en los libros de registro civil correspondiente, sin hacer alteración de la partida de nacimiento rectificada y ponerle al margen de dicha acta cuya rectificación se declara, la nota .....