Finalmente este Juzgador considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, del Acta de Nacimiento, Acta de Defunción, y copias de las Cédulas de Identidad, acompañadas a la Solicitud, sólo aparece como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, los ciudadanos TOVAR SILVA DUBERLIS RAMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.323.160, TOVAR SILVA EFRAIN EMILIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.619.874, TOVAR SILVA CARMEN ISBERMAI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.609.103, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: bastantes y suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos TOVAR SILVA DUBERLIS RAMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la ce.....