Por la motivación que antecede este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Admite el libelo de demanda contentivo de Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido por el ciudadano Trino Ramón Mota Ratia, titular de la cédula de identidad Nro.V-24.937.663, debidamente asistido por los abogados Carlos Andrés Salas García Y Ninoska Yoladi Henríquez Rattia, titulares de la cédula de identidad Nros V-10.616.193 y 13.639.655, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nros 253.810 y 152.546, respectivamente, correspondiente al Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, contra el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C). Para la elaboración de las copias se autoriza suficientemente la secretaria de este Tribunal Superior, quien suscribirá la respectiva nota de certificación.