´PRIMERO: Se declara al ciudadano ROBERTO CARLOS MARTÍNEZ PÉREZ, titular de la cedula de identidad N° 16.271.553, por el delito de TRAFICO ILÍCITO D SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas. CULPABLE.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena al ciudadano ROBERTO CARLOS MARTÍNEZ PÉREZ, titular de la cedula de identidad N° 16.271.553, cumplir una pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en el lugar que determine el Tribunal de Ejecución de Penas, una vez quede definitivamente firme la sentencia.
´