´DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA TERESA ROVERO LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.640.070, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 216.657, actuando en su condición de co-apoderada judicial de la parte recurrente, en contra de la decisión de fecha siete (07) de noviembre de 2025, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, interpuesto por la ciudadana ZENAIDA JOSEFINA SOLÓRZANO BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.582.598.....