Sobre la base de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16 de diciembre de 2025 por los abogados LUIS EDUARDO LIMA y JOHAN LISANGEL GARCIA, Inpreabogado Nros. 94.162 y 244.721, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos: JOSE ENRIQUE RIVAS MALDONADO y LUIS REYES RIVAS MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V 4.139.153 y 3.136.557 contra la DECISIÓN INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA dictada en fecha 15 de diciembre de 2025 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el juicio intentado por ellos cont.....