Con fundamento a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA MARQUEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.682.589, debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda Abogada Kenia Echenique de Farfán, venezolana, mayor de edad, titular de cedula de identidad N°V-17.609.504, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº173.281, y en consecuencia DISUELTO el Matrimonio Civil contraído con el ciudadano: GIACOMO NUNZIO PATTI BONINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.V-7.243.269, en fecha 22-07-2021, Parroquia Guigue Municipio Carlos Arvelo, Del Estado Carabobo.