En fuerza de las anteriores observaciones, este Tribunal Segundo del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA EL RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA SUFICIENTES DEL DOCUMENTO DE COMPRAVENTA DE UN CONJUNTO DE BIENECHURIA ENTRE LOS CIUDADANOS BIOGEN ALIS VILLANUEVA SANTANA, MALENNIS COROMOTO JUAREZ y CARMEN OFRACIA MONTOYA, MARIA CAROLINA CORTEZ SIERRA, sobre el instrumento objeto de esta solicitud (ut-supra). Regístrese y devuélvase en original estas resultas al solicitante, quedando anotadas en el Libro de Solicitudes llevado por este Tribunal durante el presente año, bajo el Nº 478-2026. Se deja una copia certificada para el archivo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Achaguas de la Circuns.....