PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud de admisión de pruebas, requerida por ABG. GLENYS CASTILLO Y JEANNET AGUIRRE, en su carácter de Defensoras Privadas de los ciudadanos LEYDI CAROLINA OMAÑA CUELLA, titular de la cédula de identidad N° 24.247.746 y GABRIEL ISAAC BOLÍVAR LUGO, titular de la cédula de identidad N° 20.611.461, relacionado con el asunto penal 3U-113-24, seguida por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUIDOR MAYOR EN EL DELITO DE TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 419 primer aparte, con la agravante del articulo 163 numerales 5° y 7°, de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.