En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. Competente para conocer, en primer grado de jurisdicción, la presente causa;
2. Admite el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad de Acto Administrativo de Efectos Particulares, ejercido por el ciudadano Carlos Alberto Caruci, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.811.055, debidamente asistido por el abogado Carlos José Linares, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 14.947.722, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el N° 146.026, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM).-