Sobre la base de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, Inpreabogado Nº 79.641, actuando como apoderado judicial de la tercero sociedad mercantil LABORATORIO CLINICO AMAROX LI, C.A. contra el auto de fecha 16 de diciembre de 2025, dictado por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por dicho abogado y con tal carácter, en fecha 08 de diciembre de 2025 contra la decisión de fecha 27 de noviembre de 2025.
Consecuentemente .....