PRIMERO: INADMISIBLE, las solicitudes de fecha 13-04-2026 y 20-04-2026, planteadas por la ciudadana ALICIA YOLANDA SALAZAR RANGEL, titular de la cédula de identidad N° 11.753.705, en su condición de madre de la ciudadana YOALIMAR JAVIELA ALCÁNTARA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° 27.291.306, relacionado con el asunto penal 3U-123-25, seguida por la presunta comisión del delito de LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, por no tener cualidad. Notifíquese a las partes, conforme al artículo 165 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto no señalado dirección en sus dos (02) escritos. Cúmplase.