PRIMERO: Se declara NO CULPABLE, al ciudadano JESÚS BALMORE GÓMEZ AGUILAR, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 16.000.517, por el delito de TRATO INHUMANO O DEGRADANTES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 21 Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, concatenado con el 424 del Código Penal Venezolano, y como consecuencia de ello se ABSUELVE, al acusado de autos, por la comisión del delito antes descrito, todo ello en concordancia con lo establecido en el artículo 49 numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 8 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se declara NO CULPABLE, al ciudadano FÉLIX ALEXANDER INFANTE MONTOYA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 15.145.733, por el delito de TRATO INHUMANO O DEGRADANTES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 2.....