PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos: VICTOR ALFONSO ROMERO AVILA, titular de la cédula de identidad Nº E-1127389529, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 16-10-1994, de 29 años de edad, residenciado en Puerto Carreño, calle principal, casa s/n. Colombia, y EDWIN HENAO OSPINA, titular de la cédula de identidad Nº E-11.26395214, de nacionalidad colombiana, fecha de nacimiento 12-11-1999, de 24 años de edad, residenciado en Puerto Carreño. Barrio Camilo Cortez, calle principal, casa s/n. Colombia; a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto sancionado en el artículo 149 encabezamiento de la Ley Orgánica de Drogas. No se condena en costas por ser la justicia gratuita conforme al primer aparte del artículo 26 Constitucional. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en fecha 10-2-2024 para los ci.....