Sobre la base de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida (por considerar que el A Quo, se abstuvo de conocer y decidir el punto previo N° I planteado en la contestación a la demanda, referido a la Impugnación de la Cuantía) en fecha 06 de octubre de 2025, por el abogado PEDRO OMAR SOLORZANO REYES, Inpreabogado N° 79.641, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 08 de Agosto de 2025 dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en el Expediente N° 16.880 (nomenclatura de ese tribunal) seguido por la ciudadana CARMEN .....