Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Inadmisible"In Limine Litis"la pretensión de Amparo, interpuesta por el ciudadanoPEDRO SEGUNDO PIMENTEL PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-9.869.564, actuando en su propio nombre y representación, e Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 245.429, contra el REGISTRO PÚBLICO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DEL ESTADO APURE (SAREN).