En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se CONFIRMA el fallo en consulta, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha diecinueve (19) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), el cual declaró: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Beneficio de Jubilación intentada por el ciudadano ENDER ANTONIO MONCADA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.503.357, contra la Sociedad PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A., DISTRITO APURE, DIVISIÓN BOYACÁ (PDVSA, GUASDUALITO APURE). SEGUNDO: Se ordena a la Sociedad PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A., DISTRITO APURE, DIVISIÓN BOYACÁ (PDVSA, GUASDUALITO APURE, continuar con el procedimiento administrativo iniciado por el ciudadano ANTONIO MONCADA ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular .....