PRIMERO: CONDENA al ciudadano: JONÁS JOSÉ ANTELIZ JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nº 25.836.915, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 15-9-1996, de 26 años de edad, de profesión u oficio Militar del Ejército, residenciado en la Urbanización Santa Inés, calle principal, apartamento D-05. Municipio San Fernando. Estado Apure; a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto sancionado en el artículo 149 segundo aparte, con las agravantes del articulo 163 numerales 3° y 13 de la Ley Orgánica de Drogas. No se condena en costas por ser la justicia gratuita conforme al primer aparte del artículo 26 Constitucional. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en fecha 19-9-2024, en el lugar que determine el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal.