Con la motivación antes expuesta, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Admite el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el ciudadano Profesional de Derecho Roberto José Sanabria Manosalva, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano imputado en la presente causa; en la Causa Número 1C-6825-09, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Extensión Guasdualito y en esta Superior Instancia 1Aa-1840-10, mediante la cual declara la aprehensión en flagrancia, la continuación del proceso por el procedimiento especial, Medidas de Protección a favor de la víctima y Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad. Por lo cual ésta Sala entrará a conocer y dictar la decisión a que haya lugar, dentro del lapso a que se refiere el te.....