PRIMERO: De conformidad con el Artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE EN SU TOTALIDAD DE LA ACUSACION presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano: CARLOS ALBERTO HIDALGO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 25.259.141, fecha de nacimiento 24-04-1988, de 21 años de edad, natural de esta ciudad, residenciado en la Urbanización La Campereña, sector I, al lado de la cancha deportiva, casa s/n, Municipio Biruaca, Estado Apure, por el delito de Abuso Sexual Adolescente, previsto y sancionado en el 259 y 260 de la Ley Orgánica Para La Protección Al Niño Niña y Adolescente....SEGUNDO: Vistas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico, este Tribunal LAS ADMITE PARCIALMENTE por considerarlas legales, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Publico,...TERCERO: Con lugar la oposición hecha por la defensa, en cuanto a la admisión de la prueba de Experticia Toxicologica suscrita por el funcionario HECTOR SOLORZANO, experto profesional adscrit.....