PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado WILFREDO CHOMPRE L, contra la sentencia Interlocutoria de fecha 30 de Abril del año 2013, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia Interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 30 de Abril del año 2013, que ratifico la Medida Innominada consistente en la designación de ADMINISTRADOR AD-HOC de la Compañía Anónima Hotel "La Avenida C.A.", inscrita en el Registro Mercantil del Estado Apure, bajo el Nº 21, Tomo 19-A, en fecha 22 de Agosto del año 2001, Decretada por este Tribunal en fecha 09 de abril del año 2013. Y consecuencialmente se revoca la decisión de fecha 09 de Abril del año 2013 mediante la cual se había decretado la misma.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.