Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por el abogado ELISEO DE JESUS CUERVO HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante DAINEZ DEL CARMEN APARACIO PANTOJA, contra la sentencia dictada por el Tribunal A-quo, en fecha 08 de agosto del año 2.008.
SEGUNDO: Se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia de fecha de 08 de agosto del año 2.008, dictado por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Apure.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimient.....