Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DERCRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, cesando de inmediato todas las Medidas Cautelares Sustitutivas de libertad dictadas en contra del imputado: JHONATAN JOSEF SANDOVAL REYES, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-19.049.797, residenciado en el Barrio Las Vegas, cerca de la Iglesia Misionera Mundial El Amparo Estado Apure y en el Barrio La Arenosa entre el Hospital y la entrada a Pueblo Viejo, donde esta el kiosko de venta de jugos de caña, Guasdualito Estado Apure, incurso en la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 453 del Código Penal Venezolano; quien conforme a ésta decisión, deja de ser imputado en la presente causa. Esta investigación sólo podrá ser reabierta, cuando surjan nuevos elementos que lo justifiquen, previa a autorización de éste Tribunal. Así se decide.
Notifíquese a las partes y remítase la causa al archivo judic.....