ACUERDA:
UNICO: El Beneficio de CONFINAMIENTO a favor del penado: RIVERO AGUILAR ANGEL ALEXIS, el cual habrá de ser cumplido en el Sector V, los Gorriones del Parque Residencial el Márquez, edificio 13, Apto 13 C 1, Piso 1, Guatire Municipio Zamora del Estado Miranda, debiendo, en consecuencia, presentarse en la Prefectura del Municipio Zamora (Guatire), calle Concepción, frente al Monumento Acrópolis de Guatire Estado Miranda, con una frecuencia de una vez por semana; hasta el cumplimiento de la totalidad de la condena; es decir, por el lapso de OCHO (08) MESES Y DOS (02) DIAS, el cual vence en fecha 04-11-2006; y residir en la dirección antes citada; todo de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 52 del Código Penal y en cumplimiento a las condiciones del Articulo 20 Ejusdem.
Remítase Copia Certificada por Secretaria de la presente decisión al Prefecto del Municipio Zamora del Estado Miranda, a los fines de la vigilancia del penado, hasta el cumplimiento del tiemp.....