En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: ADMITE TOTALMENTE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del imputado JEAN CARLOS ARÉVALO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 26.601.734, nacido en Palmarito, estado Apure, en fecha 26-05-1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Alexander Guevara y Novelkia, residenciado en Barrio Obrero, calle Arismendi, casa sin número, cerca de la cancha deportiva, Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de MARÍA CECILIA ORDÓÑEZ VELASQUEZ. SEGUNDO: Admite TOTAL.....