En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadanos, PORTILLO MACHADO HUGO SEGUNDO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.991.829, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, nacido el 01-08-19985, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agente de seguridad Ciudadana y Vial (Polipáez), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MOTA LINARES BETTY ELIZABETH, todo de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo se decreta LA APREHENSI.....