Una vez quede el presente pronunciamiento definitivamente firme en los términos acá expuestos;
Se declara concluido el presente juicio. Se ordena el archivo del presente expediente una vez quede firme la presente decisión y pueda verificarse en autos el cumplimiento fiel y exacto de lo transcrito anteriormente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los Dos (02) días del mes de Octubre del año 2.015.
El Juez;
Abg. FRANCISCO JAVIER PADRON.
La secretaria Titular;
Abg. MARIA MILAGRO ARANGUREN TOVAR.
En esta misma fecha siendo las diez (10:30 a.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, inclusive en la página Web, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
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