este TRIBUNAL DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del ciudadano: CELIS EFRY EDUARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.183.254, soltero, de profesión u oficio indefinido, natural de Guasdualito, Estado Apure, nacido el 10 de Mayo de 1973. Residenciado en vida en el Barrio José Antonio Páez, por haber operado la Extinción de la Acción Penal, a causa de la muerte del acusado antes referido, en fecha 25 de Octubre de 2005, según acta de defunción certificada Nro. 155 asentada en los libros de registro de defunciones llevados por la Prefectura del Municipio Páez Estado Apure, de conformidad con los artículos 318 numeral 3° y 48 numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión. Notifíquese a las partes y a .....