Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurías construidas en un lote de terreno constante de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (244,40 M2), propiedad Municipal, ubicado en el Barrio Laguna Verde, C.T.U "Laguna Verde", S/N°., comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Calle en proyecto, en nueve metros con cuarenta centímetros (9,40 mts); SUR: Calle en proyecto, en nueve metros con cuarenta centímetros (9,40 mts); ESTE: Casa de la Familia Lomas, en veintiséis metros (26,00 mts), y OESTE: Casa de la Familia Rojas, en veintiséis metros (26,.....