Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA a la Gobernación del Estado Apure, incluir el monto adeudado a la querellante, ciudadana Nieves Contreras Yusmila del Valle, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 17.202.085, en la partida respectiva del próximo ejercicios presupuestario, según lo establecido en el articulo 88 numeral 1° del Decreto con Rango Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica; los cuales van a ser incluidos de de la siguiente manera: el cien por ciento (100%) el cual equivale a la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON UN CÉNTIMOS (Bs. 9.943,01), monto convenido en la presente causa, a cuyos efectos de.....