DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, actuando en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Remitir Copia Certificada de los folios trescientos treinta y ocho (338) y trescientos treinta y nueve (339) de la respectiva causa, a los fines de coadyuvar con las investigaciones que adelanta el Ministerio Público, quien como titular de la acción penal, le corresponde realizar las mismas y dictar el acto conclusivo a que hubiere lugar. Asimismo, oficiar a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, solicitando información de la causa penal Nº 04-F4-0318-04, ya que se encuentra en proceso decretar una fórmula alternativa al cumplimiento de pena, como lo es el Destacamento de Trabajo.
SEGUNDO: Se deja sin efecto las órdenes de captura, en contra del ciudadano: MARCO ANTONIO QUINTERIO CARRASCO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.338.400, de.....