se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa conforme al artículo 313 ejusdem, causa seguida al ciudadano JUAN VICTOR HERRERA HURTADO; V-16.528.484, por considerarlo autor y responsable de la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA RODRIGUEZ. Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, del imputado, decretada en fecha 18JUN2014; bajo los mismos términos y condiciones en la cual fue impuesta. Como consecuencia de la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO se declara CONCLUIDA LA FASE INTERMEDIA y se emplaza a las partes para que en el lapso de cinco (05) días hábiles siguientes al presente pronunciamiento concurran ante el Juez de Juicio y se instruye a la ciudadana Secretaria para que remita al Tribunal de Juicio correspondiente las presentes actuaciones una vez firme la presente decisión, tod.....