Asimismo así lo constata este Tribunal, en comunicación N° 0005-2019, suscrita por la Dirección de Catastro y Ejidos de la Alcaldía del Municipio San Fernando, cursante al folio (106) del expediente, mediante la cual se indica que el lote de terreno sobre el cual fue solicitada información, forma parte del inmueble, según ficha catastral N° 006180 (acompañada con el libelo de la demanda), de fecha 19 de octubre de 2017, cuyo deslinde fue solicitado por el ciudadano José Alexis Gómez Pérez,
Por consiguiente, mal pudiera ordenar este Tribunal la entrega de la totalidad del mismo y de las bienhechurías en el existente, cuando la sentencia ordena cumplir con el contrato verbal en los términos expuestos en el libelo de la demanda, y de acuerdo a dicho libelo, el contrato de compra venta se concretó sobre un espacio anexo, que además fue medido, aunado al hecho que en dicho escrito no se expresa que la voluntad de las partes cuando celebraron el contrato, recayese sobre bienhechurías algu.....