Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CERO CENTÍMETROS (672,00 M2), el referido terreno le pertenece según documento debidamente Protocolizado por ante el Oficina Inmobiliaria de Registro Público, Municipio San Fernando, Estado Apure, y Quedo registrado bajo el Nº 32, folios 53 al 54, del Protocolo Primero, Tomo Segundo, del año 1.973, de fecha 24 de Enero del mismo año, ubicado en la calle Muñoz, del Municipio San Fernando, Estado Apure, enmarcado dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle Muñoz, en (21,0.....