DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia, conforme a las previsiones del Art. 17 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el Art. 335 ejusdem; en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INTERRUMPIDA DEFINITIVAMENTE la Concentración y Continuidad del Juicio Oral y Publico en la presente causa, iniciado el día: 14-09-08, ventilado por la presunta comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el Art. 474 del Código Orgánico Procesal Penal, donde se señalo como acusado al ciudadano: Regulo de Jesús Ramírez, titular de la cedula de identidad personal Nº 9.593.296; y como victima presunta a la ciudadana: Roxana Colmenares Martínez, titular de la cedula de identidad personal Nº 19.815.124. En consecuencia se ordena reiniciar el debate judicial, para lo cual habrá de fijarse nueva fecha de inicio del correspond.....