IV
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Declara con lugar la inhibición planteada el 30-7-2012 por la Juez 2ª en funciones de Juicio del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abg. LUISA PANTOJA DE PARRA, de conformidad con el numeral 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese, y remítase la incidencia al Despacho de la Juez 2ª en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure a los fines legales consiguientes, para que recabe de inmediato las actuaciones en mención, y asimismo remite copia certificada del presente fallo a.....