PRIMERO: Sin Lugar la apelación de fecha 11 de noviembre de 2003, interpuesta por la ciudadana abogada MARIA JOSEFINA MUJICA SOLORZANO, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ARMANDO ANTONIO HURTADO BOCARANDA, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: Parcialmente Con Lugar la solicitud de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana ADRIANA LUCIA TANG, actuando en nombre y representación de su hija AMANDA ANDREINA HURTADO TANG, debidamente asistida por la abogada CARMEN EDUVIGES ZAPATA SEGOVIA, identificadas en autos, en contra del ciudadano ARMANDO ANTONIO HURTADO BOCARANDA; igualmente identificado en autos, quién debe cumplir con la Obligación Alimentaria en la suma de Ochenta Mil Bolívares (Bs.80.000,00) mensuales, y con Aportes Extras en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, por la misma cantidad de de la Pensión Ordinaria, en la forma que se establece en la parte motiva de esta sentencia.
TERCERO: Parc.....