En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana MARIA ANGELICA BACALAO MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.863.680, de este domicilio, madre y representante legal de la Niña: Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, debidamente asistida por el Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, Defensor Público Tercero, para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, constante de un (01) folio útil, más tres (03) anexos; consistente en demanda de Aumento de Obligación de Manutención, en contra del ciudadano JOSE ALFREDO ZERPA GELVES, v.....