Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la Querella Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales), interpuesto por la ciudadana María del Valle Tusa Zapata, venezolana, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-12.903.144, debidamente representada por el abogado en ejercicio Agustín Olis Jiménez Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.724, contra el Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN); ello con fundamento a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, se ordena la cancelación de las prestaciones sociales e intereses moratorios adeudados.
Segundo: Se orden.....