Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE Negar la orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía III del Ministerio Pùblico en contra del ciudadano CADENA BOLAÑO WILMER ALEXANDER, de nacionalidad venezolana, natural de esta localidad de 23 años de edad, nacido el 06/05/85, soltero, obrero, residenciado en el Barrio el Aeropuerto, calle principal, casa S/N, Guasdualito Estado Apure, titular de la cedula de identidad Nº V-16.977.314 , quien presuntamente se encuentra incurso en la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 en concordancia con el artículo 83 del Còdigo Penal en perjuicio de HERNANDEZ SILVA YOLEIDA GEORGINA y ALTUVE MEJIAS ALEXIS ANTONIO, hasta tanto el Ministerio Pùbli.....