DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a las previsiones del numeral 1º del Art. 74 del Código orgánico procesal Penal, acuerda:
UNICO: DIVIDIR LA CONTINENCIA DE LA PRESENTE CAUSA seguida a los ciudadanos: FELIX LISANDRO SEIJAS, LUIS GUILLERMO PRIETO VILLADIEGO, LUIS DANIEL PRIETO ARISMENDY y Valdez Eddy Franky; Titulares de la Cedula de Identidad Personal V-13.390.426, V-25.365.021, V-18.993.021, y V-14.219.369 por la presunta comisión de: Degradación de Duelos topografías y Paisajes. En consecuencia prosígase con el proceso seguido a los ciudadanos: FELIX LISANDRO SEIJAS, LUIS GUILLERMO PRIETO VILLADIEGO, LUIS DANIEL PRIETO ARISMENDY; Titulares de la Cedula de Identidad Personal V-13.390.426, V-25.365.021 y V-18.993.021, respecto de los cuales se continuarán realizando los actos propios a .....