DECISION
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Segundo de Ejecución de penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA que cumplía el penado TOMAS RAMON GUERRERO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.477.130, casado, de 48 años de edad, de conformidad con los artículos 103 del Código Penal y 48 del Còdigo Orgànico Procesal penal. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ,
ABG. ELVIA CASTILLO RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. JOSELYN RATTIA C.
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. JOSELYN RATTIA C.
ECR/JRC/maritza.