Observándose que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada por el Tribunal de Juicio de éste Circuito Judicial en fecha 09-03-2.015, en tal sentido, esta Juzgadora en uso de sus atribuciones que le confiere la Ley, ORDENA SU EJECUCIÓN, mediante la cual se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos ARLY MARÍA MÉNDEZ PARRA y EDGAR MIGUEL REYES DELIS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas Nros. V-12.322.111 y 12.955.864.