HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio planteado entre los ciudadanos VICTOR MANUEL VILLEGAS MONTOYA y CARMEN ELIZABETH BERMUDEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 9.874.078 y V- 9.871.453, en los términos expuestos, quedando modificado únicamente en cuanto al aumento automático del 20% de conformidad con los Artículos 315 366 y 375, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.